El Senado aprobó la ley de propiedad privada, pero rechazó la reforma del Manejo del Fuego


El Senado dio media sanción al proyecto de ley de inviolabilidad de la propiedad privada, aunque el Gobierno sufrió una de sus principales derrotas parlamentarias al verse obligado a retirar el capítulo que modificaba la Ley de Manejo del Fuego. Tras una extensa sesión y fuertes negociaciones, la iniciativa avanzó con cambios y ahora deberá ser debatida por la Cámara de Diputados.

La marcha atrás del oficialismo dejó vigente la legislación actual, que prohíbe modificar el uso de tierras incendiadas durante 30 o 60 años, según el tipo de superficie afectada, un esquema impulsado durante el gobierno anterior. El retroceso también significó un revés político para la ministra Patricia Bullrich, impulsora de la reforma, y fue celebrado por los bloques opositores.

Una negociación que cambió el rumbo del proyecto sobre la propiedad privada

Antes del inicio del debate en torno a la ley de inviolabilidad de la propiedad privada, La Libertad Avanza ya había resignado otro de los puntos más polémicos: la flexibilización para la venta de tierras a extranjeros. Con ese capítulo eliminado, también perdió relevancia la discusión sobre la habilitación para que dos senadores participaran de manera virtual por razones médicas, una alternativa que había generado controversia institucional.

La decisión de no avanzar con esa autorización respondió, además, a un criterio reglamentario. Los distintos bloques coincidieron en evitar una modificación del funcionamiento del Senado sin el dictamen correspondiente de la comisión de Asuntos Constitucionales, ya que ello podía sentar un precedente sobre el quórum y las votaciones futuras.

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Más tarde, el jefe del interbloque de Unión por la Patria, José Mayans, intentó devolver el proyecto a comisión, aunque la moción fue rechazada por 38 votos contra 31, lo que permitió continuar con el tratamiento. Sin embargo, durante el desarrollo del debate sobre la ley de propiedad privada quedó claro que el capítulo sobre Manejo del Fuego no reunía los apoyos necesarios para prosperar.

El rechazo al capítulo ambiental marcó la sesión

El miembro informante del proyecto, Agustín Coto, defendió los cambios propuestos y sostuvo que la normativa vigente inmoviliza tierras durante plazos que calificó como excesivos, al tiempo que remarcó que el proyecto endurecía las penas para quienes provocaran incendios de manera intencional.

Desde la oposición cuestionaron con dureza tanto el contenido como la forma en que se elaboró el dictamen. El senador Pablo Bensusán denunció que el texto recibió múltiples modificaciones fuera del ámbito de comisión, mientras que otros legisladores advirtieron que la iniciativa comprometía la protección de recursos naturales considerados estratégicos para el país.

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Las críticas también llegaron desde sectores dialoguistas. El radical Maximiliano Abad alertó que la reforma podía vulnerar el principio constitucional de no regresión ambiental, por lo que anticipó que terminaría judicializada. Esa posición terminó de consolidar la resistencia que obligó al oficialismo a retirar el capítulo antes de la votación general.

Bullrich defendió la propiedad privada y apuntó contra la oposición

Durante el cierre del debate, Patricia Bullrich respaldó los artículos vinculados a la defensa de la propiedad privada y cuestionó a quienes rechazaban el proyecto. La ministra sostuvo que el Estado debe ofrecer herramientas rápidas frente a las usurpaciones y garantizar seguridad jurídica para propietarios y locadores.

También afirmó que los procesos de expropiación de propiedad privada pueden extenderse durante un promedio de 18 años, lo que, según su visión, perjudica tanto al Estado como a los particulares. En ese contexto, recordó el caso de YPF y cuestionó decisiones de gobiernos anteriores vinculadas con la soberanía territorial.

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Qué cambios incorpora la media sanción

Tras las modificaciones, el proyecto de propiedad privada conserva las reformas sobre expropiaciones y desalojos, dos de los ejes centrales de la iniciativa. En materia de expropiación, se establece que la declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y justificar de forma específica la necesidad de la medida.

Además, la indemnización quedará limitada al valor objetivo del bien y a los daños directos derivados de la expropiación, excluyendo valores afectivos, ganancias hipotéticas o incrementos vinculados al proyecto que origine la adquisición estatal. También se fija un límite para el lucro cesante, salvo que el propietario demuestre un perjuicio mayor.

En cuanto a los desalojos, se incorpora un procedimiento judicial abreviado para los casos de incumplimiento en el pago de alquileres, aunque previamente el propietario deberá intimar al inquilino y otorgarle un plazo mínimo de diez días para regularizar la deuda.