SENASA agiliza el uso de fitosanitarios en cultivos menores


El SENASA estableció un nuevo procedimiento para autorizar productos fitosanitarios destinados a situaciones específicas que no cuentan con herramientas registradas. La medida incluye a los cultivos menores, las plagas bajo control oficial y los nuevos métodos de aplicación, como los drones, con el objetivo de ofrecer una respuesta más rápida a las necesidades del sector productivo.

Un nuevo esquema para situaciones específicas

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) oficializó mediante la Resolución N.º 869/2026, publicada este jueves en el Boletín Oficial, un procedimiento general y actualizado para la autorización administrativa del uso de productos fitosanitarios en determinadas situaciones. La normativa busca ordenar y agilizar los trámites frente a necesidades que pueden quedar fuera de los registros habituales.

La resolución contempla tres situaciones específicas: los cultivos o usos menores, las plagas bajo control oficial y los nuevos métodos de aplicación de fitosanitarios. Dentro de este último grupo se incluyen los vehículos aéreos no tripulados (VANT), conocidos como drones, una tecnología que amplió las alternativas disponibles para realizar aplicaciones en distintos sistemas productivos.

El nuevo esquema para fitosanitarios establece reglas y plazos definidos para la presentación y evaluación de las solicitudes. De esta manera, el SENASA busca generar un procedimiento más claro y accesible para productores, profesionales, instituciones y otros actores que necesiten gestionar autorizaciones ante situaciones fitosanitarias particulares.

Cerezas
Foto: SENASA

Más herramientas para cultivos menores

Uno de los principales cambios alcanza a los cultivos menores, entre los que se encuentran legumbres, hortalizas, frutas, aromáticas y especias. Se trata de producciones que, por su menor escala económica, pueden no contar con productos registrados para determinadas plagas o problemas sanitarios, debido a que el mercado potencial no siempre justifica el desarrollo de nuevos registros.

La normativa busca facilitar el acceso a herramientas fitosanitarias ya disponibles, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se demuestre su eficacia para el uso solicitado. Así, un producto registrado para determinado cultivo podrá ser autorizado para otro cuando exista una solicitud y la correspondiente evaluación técnica respalde su utilización.

Las solicitudes podrán ser presentadas por asociaciones de productores, cámaras, cooperativas, organismos públicos nacionales o provinciales, universidades e instituciones de investigación. El trámite deberá iniciarse ante el SENASA a través de la dirección de correo electrónico establecida por el organismo para este procedimiento.

Fitosanitarios, Agroquímicos, Campo
Agriexpo

Plazos y autorizaciones temporales

Una vez que la documentación requerida se encuentre completa, el SENASA deberá emitir una respuesta en un plazo máximo de 90 días corridos. La definición de un período concreto busca dar mayor previsibilidad a los actores que necesitan contar con fitosanitarios para atender una problemática específica.

Para los cultivos o usos menores, además, la resolución contempla la posibilidad de otorgar autorizaciones temporales de fitosanitarios por un período de dos años cuando parte de la documentación técnica requerida todavía se encuentre pendiente. Durante ese plazo deberá completarse la información necesaria para que el organismo pueda realizar una nueva evaluación.

El mecanismo también alcanza a las plagas bajo control oficial, lo que permite encuadrar situaciones sanitarias que requieran herramientas específicas dentro del procedimiento establecido. De esta manera, la norma busca concentrar bajo un mismo esquema distintas necesidades que pueden surgir en materia de sanidad vegetal.

agricultura, Sistema, digital, fitosanitarios, biológicos, Impuesto PAÍS, agro, Entre Ríos

Información disponible para el sector

Las autorizaciones otorgadas mediante este procedimiento serán publicadas y actualizadas en el sitio web oficial del SENASA, de modo que productores, asesores técnicos, profesionales e instituciones puedan consultar qué productos y usos fueron habilitados.

La disponibilidad pública de esa información apunta a mejorar la transparencia y el acceso a las herramientas autorizadas, además de facilitar la toma de decisiones en el manejo sanitario de los cultivos.

Con la Resolución 869/2026, el organismo establece así un marco específico para responder a necesidades fitosanitarias que requieren soluciones fuera de los registros convencionales. La incorporación de cultivos menores, plagas bajo control oficial y nuevos métodos de aplicación busca adaptar el sistema de autorizaciones de fitosanitarios a las necesidades actuales de la producción agrícola.