Ganancias y Bienes Personales: ARCA volvió a extender los plazos

En un nuevo giro a días del vencimiento de ganancias y bienes personales, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), organismo que reemplazó a la AFIP, resolvió prorrogar por segunda vez el plazo para la presentación de las declaraciones juradas y el pago de los saldos correspondientes al impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales del período fiscal 2024 para personas humanas. La nueva fecha límite será el miércoles 26 de junio, tanto para el cumplimiento de la obligación formal como para el pago efectivo.
La medida fue comunicada oficialmente este lunes a través de un comunicado institucional del organismo, en el que se señala: “El organismo extenderá hasta el próximo 26 de junio el plazo para cumplir con ambas obligaciones tributarias. La norma se publicará en el Boletín Oficial el martes 24”.
Una segunda prórroga para ganancias que busca dar aire
Originalmente, los vencimientos estaban estipulados entre el 11 y el 17 de junio, escalonados según la terminación del número de CUIT del contribuyente. Sin embargo, al acercarse las fechas, distintos sectores profesionales, entre ellos los consejos de ciencias económicas de varias provincias y entidades vinculadas a la actividad contable, comenzaron a elevar pedidos formales para que se postergara el calendario fiscal. Argumentaban que persistían dificultades operativas para cumplir en término, además de plantear la necesidad de contar con más tiempo para realizar los ajustes de liquidación tras los cambios normativos recientes.
Como respuesta a esos pedidos, ARCA ya había otorgado una primera prórroga a principios de junio. No obstante, el nuevo calendario resultó insuficiente para muchos profesionales, por lo que la presión para un nuevo aplazamiento se intensificó en los últimos días. Finalmente, el organismo recaudador decidió correr nuevamente la fecha límite, llevando el vencimiento al 26 de junio.

Aplicativos disponibles desde abril
En su defensa, desde ARCA remarcaron que desde el mes de abril están disponibles los aplicativos web para la liquidación de Ganancias y Bienes Personales. “Cumplimos con el compromiso asumido en febrero ante las entidades profesionales. Pusimos a disposición los sistemas con más de 60 días de antelación al vencimiento original”, indicaron fuentes oficiales.
La herramienta digital permite a los contribuyentes y sus asesores fiscales liquidar de manera ágil ambos impuestos y generar las presentaciones directamente desde el sitio web del organismo, utilizando clave fiscal.
Sin embargo, los contadores señalan que la disponibilidad de los aplicativos no resuelve del todo las demoras habituales en la recopilación de información, especialmente en el caso de contribuyentes con patrimonios más complejos, bienes en el exterior, fideicomisos o tenencias en moneda extranjera.

Ganancias y Bienes Personales: de qué se trata
El impuesto a las Ganancias de personas humanas grava los ingresos obtenidos durante el año calendario, incluyendo salarios, rentas financieras, alquileres, dividendos y otras ganancias. En tanto, el impuesto a los Bienes Personales se aplica sobre el patrimonio que una persona física posea al 31 de diciembre de cada año, como propiedades, vehículos, inversiones, cuentas bancarias y otros activos, tanto en el país como en el exterior.
En ambos casos, los contribuyentes deben presentar una declaración jurada anual que detalle sus ingresos y bienes, calcular el monto a pagar y, finalmente, abonar el impuesto correspondiente dentro del plazo establecido.
Qué deben tener en cuenta los contribuyentes
Con la nueva prórroga, los contribuyentes tienen hasta el 26 de junio para presentar sus declaraciones juradas y pagar los montos adeudados. El vencimiento aplica exclusivamente a personas humanas y no afecta a las empresas, que tienen calendarios fiscales distintos.

A quienes aún no hayan cumplido con sus obligaciones, se les recomienda avanzar cuanto antes con la confección de las declaraciones para evitar demoras de último momento, errores u omisiones que puedan derivar en sanciones o intereses por mora.
Si bien la medida ofrece un alivio temporal, desde el sector profesional continúan los reclamos por una mayor previsibilidad en los cronogramas fiscales y por reformas estructurales que simplifiquen el cumplimiento tributario en la Argentina.