Argentina asigna el cupo 2026 para exportaciones lácteas a Colombia


La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía oficializó la distribución del cupo anual de exportaciones lácteas hacia Colombia en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 72 (ACE 72) entre el Mercosur y la Comunidad Andina (CAN). La medida fue establecida mediante la Resolución 3/2026, publicada el 14 de enero en el Boletín Oficial, y busca garantizar un proceso transparente y ordenado para las empresas exportadoras.

Según el documento oficial, el cupo total para este año asciende a 2.268 toneladas métricas, de las cuales 2.214,4 toneladas ya fueron asignadas entre las empresas solicitantes que cumplieron con los requisitos. El volumen restante, 53,6 toneladas, pasará a integrar el Fondo de Libre Disponibilidad, que se adjudicará bajo el sistema de “Primero Llegado, Primero Servido”, incentivando la agilidad en la gestión de licencias para aquellas firmas que deseen cubrir remanentes.

El cupo de exportaciones lácteas contempla leche y nata (crema) en polvo, tanto con bajo como con alto contenido graso, así como otras presentaciones incluidas en las partidas arancelarias 0402.10, 0402.2 y 0402.9. Estas preferencias arancelarias aplican exclusivamente a los envíos realizados dentro del cupo y deberán ingresar a Colombia hasta el 31 de diciembre de 2026, de acuerdo con la normativa vigente.

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Crecimiento progresivo del cupo de exportaciones lácteas

El régimen de exportación se encuentra enmarcado en los compromisos asumidos originalmente en el ACE 59, firmado en 2004, y ratificados posteriormente en el ACE 72, que entró en vigor entre Argentina y Colombia en diciembre de 2017. En el caso de los productos lácteos, ambos acuerdos mantienen condiciones equivalentes: el cupo inicial era de 1.500 toneladas y se incrementa progresivamente a razón del 3% anual durante los primeros 15 años de vigencia, consolidando un esquema que promueve la previsibilidad para las exportaciones argentinas.

Durante el período de inscripción, abierto entre el 1 y el 15 de diciembre de 2025 a través de la plataforma Trámites a Distancia (TAD), se presentaron 11 empresas interesadas en acceder a las licencias. Desde la Secretaría confirmaron que todas las firmas cumplieron con los requisitos exigidos, incluyendo la inscripción en el Sistema de Información de Operadores de Carnes y Lácteos (SIOCAL) y las habilitaciones sanitarias otorgadas por SENASA, garantizando la legalidad y seguridad sanitaria de los productos.

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Distribución del cupo y remanentes

La resolución aclara que algunas empresas, entre ellas La Varense S.R.L., Lácteos Ramolac S.A. y García Hermanos Agroindustrial S.R.L., solicitaron un volumen inferior de exportaciones lácteas al que les hubiera correspondido según el criterio distributivo. Por tal motivo, sus adjudicaciones fueron ajustadas al tonelaje efectivamente pedido, y el remanente resultante fue redistribuido entre los demás participantes hasta alcanzar el máximo permitido.

Con esta decisión, el Gobierno busca ordenar y transparentar el acceso al cupo lácteo, asegurando que todas las empresas cumplan con las mismas condiciones y que se respete la proporcionalidad entre las solicitudes y la capacidad de exportación. Además, se garantiza el cumplimiento de los compromisos comerciales asumidos por Argentina en el marco de los acuerdos internacionales, fortaleciendo la relación bilateral con Colombia.

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Perspectivas para el sector

La asignación del cupo 2026 se presenta como una herramienta clave para las empresas lácteas argentinas que buscan consolidar su presencia en mercados internacionales. La previsibilidad del régimen permite planificar la producción y la logística de exportación con mayor certeza, asegurando que los productos lleguen dentro de los plazos establecidos y con las preferencias arancelarias correspondientes.

Asimismo, el sistema de Fondo de Libre Disponibilidad incentiva la eficiencia y rapidez en la gestión de licencias, ofreciendo una oportunidad adicional para aquellas firmas que deseen ampliar sus envíos más allá de la distribución inicial del cupo. De esta manera, se combina orden regulatorio con flexibilidad comercial, promoviendo un esquema equitativo y competitivo para todas las empresas del sector.

En definitiva, la Resolución 3/2026 refuerza la política argentina de promoción de exportaciones lácteas, al mismo tiempo que cumple con los compromisos asumidos dentro del Mercosur y la Comunidad Andina, contribuyendo a la integración regional y al fortalecimiento de la cadena productiva nacional.