El INYM redefine su papel en el mercado yerbatero y elimina regulaciones clave
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) dio un paso significativo en la transformación de su estructura normativa al derogar una serie de resoluciones históricas que regulaban la actividad yerbatera. La decisión, oficializada mediante la Resolución 146/2025, marca un cambio de rumbo en la forma en que el organismo interviene en el mercado, con un enfoque centrado en la simplificación administrativa y la promoción de la libre competencia.
La medida se enmarca en el proceso de reconfiguración institucional impulsado por el Gobierno nacional a partir del DNU 70/2023 y el Decreto 812/2025, normas que redefinieron los objetivos y funciones de diversos entes públicos. En este nuevo contexto, el INYM busca adecuar su rol a un esquema más moderno, alineado con los lineamientos generales de desregulación económica, sin abandonar sus responsabilidades centrales en materia de control y calidad.
Derogación de normas históricas y fin de restricciones productivas
Uno de los aspectos más relevantes de la Resolución 146/2025 es la derogación de las resoluciones 15/2003, 37/2007 y 103/2017, consideradas por el Directorio como obsoletas o incompatibles con el nuevo marco legal. Estas normas habían sido creadas en contextos productivos y comerciales distintos, y con el paso del tiempo comenzaron a generar tensiones con el principio de libre iniciativa privada que ahora se busca fortalecer.
Entre los cambios más notorios se destaca la eliminación de la regulación que suspendía la cosecha y secanza de yerba mate durante los meses de octubre y noviembre. Si bien esta restricción había sido concebida originalmente con el objetivo de proteger la calidad del producto y ordenar la producción, actualmente fue interpretada como una limitación innecesaria a la actividad económica, que podía distorsionar el funcionamiento del mercado y afectar decisiones empresariales legítimas.

Desde el INYM sostienen que la supresión de esta medida no implica un relajamiento de los estándares productivos, sino una actualización de las herramientas de control, privilegiando mecanismos menos invasivos y más acordes a la dinámica actual del sector yerbatero.
Cambios en el régimen de sanciones y control administrativo
La resolución también introdujo modificaciones sustanciales a la Resolución 21/2009, que regula los procedimientos de control y sanción ante incumplimientos en la presentación de declaraciones juradas. En este punto, el INYM decidió derogar artículos que imponían consecuencias adicionales consideradas excesivamente gravosas para faltas de carácter formal.
Con la nueva normativa, el esquema sancionatorio prioriza las multas económicas y mantiene el control bajo la órbita del área de fiscalización, evitando penalidades que puedan resultar desproporcionadas. Además, se reemplazó la baja automática del registro de operadores por un sistema de intimación previa, que contempla la inhabilitación solo en caso de que el incumplimiento persista, otorgando así mayores garantías administrativas a los actores del sector.

Según explicaron desde el INYM, estos cambios buscan equilibrar la necesidad de control con la simplificación de trámites, reduciendo cargas burocráticas que históricamente generaban conflictos y demoras, especialmente para pequeños y medianos productores y operadores.
Nuevo enfoque institucional y revisión normativa
Las autoridades del INYM definieron este proceso como una “depuración y simplificación normativa”, orientada a eliminar regulaciones que interfieran en el normal desarrollo de la actividad yerbatera. En ese sentido, remarcaron que el organismo no resigna sus facultades esenciales, como la trazabilidad, la salubridad y la verificación de la calidad del producto final.
El nuevo rol institucional apunta a concentrar los esfuerzos en controles de calidad, siguiendo modelos ya aplicados en otras economías regionales, como la vitivinicultura. Este enfoque busca fortalecer la competitividad del sector sin una intervención directa en las decisiones productivas y comerciales de los operadores.

La Resolución 146/2025 fue aprobada por una mayoría de dos tercios del Directorio y comunicada formalmente a la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. Asimismo, el INYM dejó asentado su compromiso de continuar revisando de manera progresiva el resto de su stock normativo, especialmente aquellas resoluciones más complejas, para asegurar su plena adecuación al marco legal vigente y consolidar un esquema regulatorio más ágil y eficiente.
