Ley fiscal: se podrán blanquear hasta 100 mil dólares sin pagar alícuota


El Gobierno nacional dio a conocer la versión final del Proyecto de Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, comúnmente conocido como “ley fiscal”. Una de las destacadas disposiciones de este proyecto es la creación del Régimen de Regularización de Activos, que permite blanquear hasta USD 100.000 sin incurrir en ninguna penalidad. Además, incluso por encima de esa cifra, la alícuota también será del 0% si se cumplen ciertas condiciones.

Este régimen de regularización tiene tres etapas definidas. La primera comienza desde el día siguiente a la entrada en vigencia de la reglamentación dictada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y se extiende hasta el 30 de septiembre de 2024.

La segunda etapa va desde el 1 de octubre al 31 de diciembre de 2024, y la tercera abarca desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de marzo del mismo año. Durante estos períodos, se deben realizar la manifestación de adhesión y el pago adelantado obligatorio, en caso de que corresponda.

Independientemente de la etapa en la que se ingrese, aquellos que blanqueen activos por un valor total igual o inferior a USD 100.000 no tendrán que pagar ningún impuesto fijo ni tasa de penalidad, evitando así cualquier recargo.

En el caso de blanquear activos por valores superiores a USD 100.000, se aplicarán condiciones adicionales o penalidades, dependiendo de la forma particular en que se exterioricen los activos.

Luis Caputo, agro, Dólares, Ley fiscal

Por ejemplo, si se blanquean bienes por un valor de USD 200.000, se deberá abonar una penalidad del 5% sobre el excedente de USD 100.000, lo que equivaldría a USD 5.000.

Además, se establecen condiciones específicas para regularizar diferentes tipos de activos, tanto en Argentina como en el exterior, incluyendo dinero en efectivo, inmuebles, acciones, títulos valores, créditos y otros bienes intangibles.

Es importante tener en cuenta que existen restricciones sobre qué activos pueden ser objeto del Régimen de Regularización de Activos, como las tenencias de moneda o títulos valores en el exterior que estén depositadas en jurisdicciones identificadas como de alto riesgo por el Grupo de Acción Financiera (GAFI).

A quiénes alcanza

Además de los residentes argentinos, el blanqueo también está abierto para las personas humanas no residentes que hayan sido residentes fiscales argentinos en el pasado.

Según la normativa, “las personas humanas que hubieran sido residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y que, a dicha fecha, hubieran perdido tal condición de acuerdo a las normas de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán adherir al presente Régimen de Regularización de Activos como si fueran sujetos residentes en Argentina, en igualdad de derechos y obligaciones que los sujetos residentes. De ejercerse esta opción, se considerará que estos sujetos han adquirido nuevamente la residencia tributaria en el país”.

Esto significa que estas personas tienen la oportunidad de participar en el régimen de regularización de activos como si fueran residentes en Argentina, con los mismos derechos y obligaciones que los sujetos residentes. En resumen, se les permitirá blanquear sus activos de la misma manera que a los residentes argentinos.